La Defensoría del Pueblo participó en la Audiencia Pública convocada en referencia a la Ejecución del Plan Director del Sistema de Desagües Cloacales en Las Grutas

4 de diciembre – En la oportunidad y en representación del organismo de control, la asesora Mariela Escuer expuso: “Desde la Defensoría del Pueblo consideramos que este Plan para  Las Grutas, con previsión para los próximos 20 años y destinado a la atención del 95% de la demanda del balneario es una obra imprescindible y trascendente”.

“Es muy importante hacer hincapié en la observancia y control exhaustivo  de la gestión ambiental, teniendo especial relevancia la sugerencia del EsIA respecto al cumplimiento de las medidas de mitigación que se deberán aplicar para minimizar impactos negativos y posteriormente las medidas de monitoreo de cada una de las actividades”, expresó Escuer y agregó: “En particular, prestar especial atención al monitoreo de la calidad del aire, de los ruidos y del suelo, tanto en la etapa de construcción como en la de operación de la planta de tratamiento”.

La Defensoría del Pueblo entiende que una obra de tamaña envergadura generará impactos, molestias y afectaciones a los vecinos/as pero al mismo tiempo, desde la institución, se considera que todo ello no tiene la relevancia suficiente en atención a los innumerables beneficios que traerá para la población de Las Grutas y su ambiente.

Es oportuno recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el fallo “Kersich” de diciembre de 2014, sostuvo que el agua es un componente del bien colectivo ambiente y que existe un derecho humano esencial al agua y al saneamiento, ratificado por la Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, entre otras normativas internacionales. Este cambio de paradigma enfoca al agua y al saneamiento como un bien colectivo y un derecho humano antes que un servicio público.