{"id":14,"date":"2025-05-12T10:57:06","date_gmt":"2025-05-12T13:57:06","guid":{"rendered":"https:\/\/web.defensoriarionegro.gov.ar\/?page_id=14"},"modified":"2025-08-27T10:10:12","modified_gmt":"2025-08-27T13:10:12","slug":"historia","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/historia\/","title":{"rendered":"Historia"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">La Defensor\u00eda del Pueblo de R\u00edo Negro fue creada a partir de la consagraci\u00f3n de los art\u00edculos 167, 168 y 169 de nuestra Constituci\u00f3n provincial, sancionada y promulgada el 3 de junio de 1988 por la Convenci\u00f3n Constituyente.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">Por su parte, la ley reglamentaria de la Defensor\u00eda fue sancionada por la Legislatura Provincial el 22 de diciembre de 1993 y promulgada el 21 de febrero de 1994 bajo el N\u00ba 2.756.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">Tanto el texto constitucional como su ley reglamentaria tuvieron como fuente el derecho comparado provincial, nacional e internacional. As\u00ed, se destaca la consulta de antecedentes de leyes org\u00e1nicas de las Defensor\u00edas del Pueblo de las Provincias de C\u00f3rdoba, San Luis, San Juan, Santa Fe y la Capital Federal.&nbsp;En el plano internacional se destaca la influencia de&nbsp;la Instituci\u00f3n&nbsp;del Defensor del Pueblo Andaluz de Espa\u00f1a, ya que el autor del proyecto principal discutido en&nbsp;la Convenci\u00f3n Constituyente&nbsp;hab\u00eda visitado personalmente la sede de este organismo.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">El\/la defensor\/a del pueblo, tanto como el\/la adjunto\/a, son designados por&nbsp;la Legislatura&nbsp;con el visto de las dos terceras partes de sus integrantes, en sesi\u00f3n especial convocada al efecto. La elecci\u00f3n se hace a propuesta de&nbsp;la Comisi\u00f3n&nbsp;de Labor Parlamentaria y por votaci\u00f3n nominal, en la que no se autorizan abstenciones.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">Las m\u00e1ximas autoridades del organismo duran en sus funciones un per\u00edodo de cinco a\u00f1os, improrrogable, pudiendo ser reelectos una sola vez.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">Los requisitos para ser defensor\/a son los mismos que para ser legislador; le comprende las mismas inhabilidades, incompatibilidades e inmunidades y no puede ser removido sino por las causales y el procedimiento establecido para el juicio pol\u00edtico.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">El\/la defensor\/a adjunto\/a es un auxiliar del defensor\/a del pueblo quien le puede delegar funciones y en caso de ausencia de la m\u00e1xima autoridad, la sustituye.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">Cada a\u00f1o la instituci\u00f3n debe informar a&nbsp;la Legislatura de R\u00edo Negro sobre lo trabajado en ese per\u00edodo y acerca de la situaci\u00f3n general de los derechos de todos los ciudadanos de la provincia.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.4\">Cabe destacar en esta historia que uno de los intereses principales de los constituyentes&nbsp;&nbsp;al pensar en la creaci\u00f3n del organismo, fue lograr el f\u00e1cil acceso para todos los ciudadanos, es por ello que&nbsp;la Constituci\u00f3n Provincial, entre los principios de actuaci\u00f3n del defensor del pueblo, pone su acento en la accesibilidad, que significa para los habitantes de&nbsp;la Provincia, cualquiera sea su localizaci\u00f3n territorial o condici\u00f3n sociocultural, tener las garant\u00edas de poder llegar con sus reclamos al defensor y obtener respuestas oportunas.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Defensores anteriores<\/h2>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\"><strong>Juan Ricardo Kugler<\/strong>&nbsp;fue el primer defensor del pueblo y&nbsp;<strong>Juana Soul\u00e9<\/strong>&nbsp;la primera defensora adjunta en nuestra provincia; ambos fueron designados el 29 de diciembre de 1995.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">Al t\u00e9rmino de su mandato y como&nbsp;la Legislatura&nbsp;provincial no hab\u00eda logrado reunir los votos necesarios para el nombramiento de su reemplazante, se prorrog\u00f3 la titularidad por 120 d\u00edas. Vencido ese plazo se design\u00f3 a cargo del Organismo, por 60 d\u00edas, al secretario parlamentario de&nbsp;la Legislatura,&nbsp;<strong>Oscar Meil\u00e1n<\/strong>. Posteriormente, la propia C\u00e1mara dispuso nombrar al frente de&nbsp;la Defensor\u00eda del Pueblo, en forma interina, al secretario de asuntos constitucionales,&nbsp;<strong>Daniel Ayala<\/strong>, quien ocup\u00f3 el cargo hasta el 31 de Agosto del 2001. Ese mismo d\u00eda, en sesi\u00f3n especial,&nbsp;la Legislatura, con los votos un\u00e1nimes de los representantes parlamentarios, design\u00f3 como defensora del pueblo de&nbsp;la Provincia&nbsp;de R\u00edo Negro a&nbsp;<strong>Nilda Raquel Nervi de Belloso<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">Tiempo despu\u00e9s, el 25 de marzo de 2004,&nbsp;la Legislatura&nbsp;design\u00f3, por unanimidad, como defensora adjunta a&nbsp;<strong>Marcela Yappert<\/strong>. No obstante haber comenzado sus funciones despu\u00e9s del ingreso de la titular del organismo de control, la defensora adjunta finaliza su mandato el mismo d\u00eda que Nilda Nervi.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">Al culminar esa gesti\u00f3n los legisladores volvieron a reunirse y eligieron el 6 de septiembre de 2007, luego de evaluar a todos los postulantes para el cargo, a&nbsp;<strong>Ana Ida Piccinini<\/strong>&nbsp;como defensora del pueblo y a&nbsp;<strong>Ignacio Gandolfi<\/strong>&nbsp;como defensor adjunto.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">El 28 de julio de 2011 Piccinini renuncia a su cargo para poder postularse como candidata a legisladora en las nuevas elecciones para gobernador de la provincia. Por esta circunstancia es que asume el cargo el defensor adjunto, Dr. Gandolfi, quien termina su mandato el 6 de enero de 2012. Luego&nbsp;la Legislatura&nbsp;de R\u00edo Negro designa por un plazo de 60 d\u00edas a&nbsp;<strong>Gustavo Casas <\/strong>como defensor del pueblo interino.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">Nuevamente se abre la convocatoria para inscribirse como postulantes a ser defensor del pueblo; se anotan 27, de ellos son preseleccionados 10 y, finalmente, el 26 de abril de 2012 eligen a&nbsp;<strong>Nadina D\u00edaz<\/strong>&nbsp;como defensora del pueblo con el voto de 43 legisladores de un total de 45 y a&nbsp;<strong>Adriana Santagati<\/strong> como defensora adjunta.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">Finalizado el per\u00edodo de D\u00edaz, se convoca a nuevos aspirantes y, por primera vez en la historia de la instituci\u00f3n, se elige&nbsp;&nbsp;\u2013 15&nbsp;de junio de 2017 \u2013 como&nbsp; defensora del pueblo a la que fuera defensora adjunta en el \u00faltimo per\u00edodo,&nbsp;<strong>Adriana Claudia Santagati<\/strong>&nbsp;y como defensor adjunto a&nbsp;<strong>C\u00e9sar Dom\u00ednguez<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px;line-height:1.5\">Un nuevo proceso de selecci\u00f3n de postulantes a ambos cargos se abre en abril 2022. El 15 de junio, por primera vez, es reelecta la defensora que ven\u00eda desempe\u00f1ando ese cargo, <strong>Adriana Santagati <\/strong>y se designa como defensor adjunto a A<strong>lvaro Larreguy<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Defensor\u00eda del Pueblo de R\u00edo Negro fue creada a partir de la consagraci\u00f3n de los art\u00edculos 167, 168 y 169 de nuestra Constituci\u00f3n provincial, sancionada y promulgada el 3 de junio de 1988 por la Convenci\u00f3n Constituyente. 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