{"id":2684,"date":"2018-09-26T15:55:00","date_gmt":"2018-09-26T15:55:00","guid":{"rendered":"http:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/?p=2684"},"modified":"2025-08-29T12:31:07","modified_gmt":"2025-08-29T15:31:07","slug":"informacion-sobre-los-radares-ubicados-a-la-altura-de-chimpay-y-darwin-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/informacion-sobre-los-radares-ubicados-a-la-altura-de-chimpay-y-darwin-2\/","title":{"rendered":"Informaci\u00f3n sobre los radares ubicados a la altura de Chimpay y Darwin"},"content":{"rendered":"<p>La Defensor\u00eda del Pueblo recuerda que los equipos de control de velocidad instalados en la Provincia de R\u00edo Negros deben contar, como requisito obligatorio, con la homologaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n de la Agencia Nacional de Seguridad Vial para el caso de las rutas nacionales y, autorizados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial para el caso de rutas provinciales, caminos y autov\u00eda que atraviese los ejidos municipales.<\/p>\n<p>Esta condici\u00f3n es necesaria y as\u00ed lo establecen las leyes de transito nacional y provincial, para\u00a0\u00a0que la infracci\u00f3n tenga validez.<\/p>\n<p>La Legislatura provincial promulg\u00f3 la Ley N\u00b0 5.263 con fecha 27\/12 \/17,\u00a0\u00a0de adhesi\u00f3n\u00a0\u00a0a la Ley Nacional de Transito N\u00b0 24.449,\u00a0\u00a0con modificatorias. En este sentido su art\u00edculo 36 expresa:<\/p>\n<p><em>\u201cContralor. No pueden privatizarse ni concesionarse las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones, las cuales quedan a cargo exclusivamente de las autoridades de aplicaci\u00f3n. Las personas que utilicen los sistemas o instrumentos o labren infracciones con dichos equipos, deben ser funcionarios p\u00fablicos\u201d. <\/em><\/p>\n<p>Por su parte<em>, <\/em>el art\u00edculo 37 indica que la autoridad de aplicaci\u00f3n es el Ministerio de Seguridad y Justicia a trav\u00e9s de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Cuerpos de Seguridad Vial de la Polic\u00eda de R\u00edo Negro,<em> \u201cpudiendo delegar en otras autoridades provinciales o municipales de constataci\u00f3n la operaci\u00f3n de los equipos de control\u201d.<\/em><\/p>\n<p>En caso de la participaci\u00f3n municipal, la ley establece que para la instalaci\u00f3n y uso de instrumentos cinem\u00f3metros y otros equipos de detecci\u00f3n de velocidad en rutas nacionales, provinciales, caminos y autov\u00eda que atraviese el ejido municipal, \u00a0deber\u00e1n contar con la autorizaci\u00f3n del Ministerio de Seguridad y Justicia a trav\u00e9s de la Agencia Provincial de Seguridad Vial. \u00a0Todo ello previa autorizaci\u00f3n, en el caso de las rutas nacionales, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, creada por Ley N\u00b026.363 como m\u00e1xima autoridad en la materia.<\/p>\n<p>La Defensor\u00eda del Pueblo de la Provincia de R\u00edo Negro ha recibido m\u00e1s de 850 reclamos de automovilistas, de diferentes ciudades del pa\u00eds, que fueron notificados con\u00a0\u00a0actas de infracci\u00f3n cometidas, a la altura de la ciudad de Chimpay, por superar la velocidad m\u00e1xima permitida.<\/p>\n<p><strong><u>Radar instalado a la altura de\u00a0\u00a0Chimpay<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan lo informado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), hasta la fecha no son v\u00e1lidas las multas de tr\u00e1nsito por exceso de velocidad, aplicadas por el Municipio de Chimpay, con utilizaci\u00f3n del cinem\u00f3metro de instalaci\u00f3n m\u00f3vil (Marca STALKER), ubicado en el Km 1044 de la Ruta Nacional N\u00ba 22, ya que el radar no ha sido autorizado por la autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las quejas recibidas por este organismo de control son derivadas al Municipio, solicitando la anulaci\u00f3n de las actas de infracci\u00f3n. Al mismo tiempo, todos los reclamos son puestos en conocimiento de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.<\/p>\n<p>As\u00ed fue acordado por la defensora del pueblo, Adriana Santagati en oportunidad de reunirse en Buenos Aires con la Dra. Daniela Ort\u00edz, directora nacional de Coordinaci\u00f3n Interjurisdiccional del organismo competente en la materia.<\/p>\n<p>Para eximirse de la multa, los ciudadanos pueden realizar un descargo ante la Oficina Administrativa de Faltas de la Municipalidad de Chimpay y, para ello, encontrar\u00e1n un modelo de nota\/descargo orientativa en la p\u00e1gina web<span style=\"color: #304891;\">\u00a0<a style=\"color: #304891;\" href=\"http:\/\/www.defensoriarionegro.gov.ar\/\">www.defensoriarionegro.gov.ar<\/a>.<\/span><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n pueden hacer el reclamo en la Defensor\u00eda del Pueblo de R\u00edo Negro adjuntando copia del Acta de infracci\u00f3n (fotocopia o escaneo en caso de ser enviada de manera digital) y copia del DNI (fotocopia o escaneo digital).<\/p>\n<p>Las v\u00edas de contacto para canalizar el reclamo son: correo electr\u00f3nico <a href=\"mailto:consulta@defensoria.rionegro.gov.ar\">consulta@defensoria.rionegro.gov.ar<\/a>; p\u00e1gina Web <span style=\"color: #304891;\"><a style=\"color: #304891;\" href=\"http:\/\/www.defensoriarionegro.gov.ar\">www.defensoriarionegro.gov.ar<\/a>;<\/span> l\u00ednea gratuita 0800 999 3776 o correo postal con franqueo pago a trav\u00e9s de los formularios de reclamo y sobres que se encuentran en todos los Juzgados de Paz de la provincia.<\/p>\n<p>En el caso de los ciudadanos que hayan abonado el valor de la multa y requieran la restituci\u00f3n de su dinero, deber\u00e1n realizar su reclamo ante el Juzgado de Faltas del\u00a0Municipio adjuntando copias de: la infracci\u00f3n, el DNI y la constancia de pago (recibo, transferencia bancaria, etc.). Ante la falta de respuesta o negativa, el reclamo podr\u00e1 hacerse por la v\u00eda judicial.<\/p>\n<p>En la p\u00e1gina Web de la Defensor\u00eda del Pueblo de R\u00edo Negro, <span style=\"color: #304891;\"><a style=\"color: #304891;\" href=\"http:\/\/www.defensoriarionegro.gov.ar\">www.defensoriarionegro.gov.ar<\/a><\/span>, encontrar\u00e1n los modelos de notas orientativas a presentar ante la Oficina Administrativa de Faltas de la Municipalidad de Chimpay.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-2581\" src=\"http:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pdf-icono.png\" alt=\"\" width=\"24\" height=\"24\" \/>\u00a0<a href=\"http:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/Radar-Chimpay-Nota-orientativa-por-multas-abonadas.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Radar Chimpay- Nota orientativa por multas abonadas<\/a><\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-2581\" src=\"http:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pdf-icono.png\" alt=\"\" width=\"24\" height=\"24\" \/><a href=\"http:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/Planteo-de-Nulidad-Multas-Chimpay-no-abonadas.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Planteo de Nulidad Multas Chimpay no abonadas<\/a><\/p>\n<p><strong>Irregularidades detectadas en los radares ubicados en la Ruta N\u00ba 22 a la altura de Darwin<\/strong><\/p>\n<p>La Defensor\u00eda del Pueblo de R\u00edo Negro fue notificada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial respecto a la auditor\u00eda realizada en los radares ubicados en la Ruta Nacional N\u00ba 22, entre los Km 1005 y 1010, a la altura de Darwin.<\/p>\n<p>El organismo nacional indic\u00f3 que, con fecha 07 de septiembre de 2018 inspeccion\u00f3 los radares oportunamente autorizados y homologados por Disposici\u00f3n N\u00ba 45\/18 de fecha 15\/02\/18. En este sentido, inform\u00f3 haber detectado irregularidades en la implementaci\u00f3n de estos puestos de control, por lo que intim\u00f3 al Municipio de Darwin a que se abstenga de imponer infracciones hasta tanto no se hayan regularizado las anomal\u00edas constatadas, ya que las infracciones impuestas pueden ser pasibles de planteos de nulidad por parte de los particulares, en leg\u00edtimo ejercicio de su derecho de defensa.<\/p>\n<p>En este marco, la defensora Santagati mantuvo comunicaci\u00f3n con el Intendente, V\u00edctor Mansilla, quien le manifest\u00f3 que estaba en proceso de cumplimentar las observaciones realizadas por la autoridad nacional.<\/p>\n<p>Por ello, los ciudadanos que reciban multas por exceso de velocidad, captados con los radares ubicados a la altura de Darwin, a partir del 07 de septiembre y hasta el momento en que desde el Municipio se cumplimenten los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, pueden dirigir su reclamo ante la Oficina de Faltas de la Municipalidad de Darwin.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Defensor\u00eda del Pueblo recuerda que los equipos de control de velocidad instalados en la Provincia de R\u00edo Negros deben contar, como requisito obligatorio, con la homologaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n de la Agencia Nacional de Seguridad Vial para el caso de las rutas nacionales y, autorizados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial para el caso [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":2685,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[49],"tags":[78,85,79,136],"class_list":["post-2684","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-chimpay","tag-darwin","tag-multas","tag-radares"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/radares.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2684","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2684"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2684\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12349,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2684\/revisions\/12349"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2685"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2684"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2684"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriarionegro.gov.ar\/drn\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2684"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}