Abogadas de la Defensoría del Pueblo en FM Raíces de Viedma hablaron sobre Reparación Histórica

Invitadas por el programa radial dedicado a los adultos mayores que se emite a partir de las 16:00  por FM Raíces de la ciudad de Viedma, Carolina Montironi y Erica Seguesio, abogadas del organismo de control, explicaron los trámites que se deben realizar referidos al Programa Reparación Histórica.

Ante la pregunta del conductor del programa sobre una definición de Reparación Histórica, Seguesio indicó que “es un ajuste que se hace sobre los haberes de los beneficiarios que tiene que ver con los juicios iniciados años antes para que ANSES les reconozca un índice que debía aplicar y que ese organismo nacional no lo aplicaba o lo hacía mal. Como se iniciaron muchos juicios, en el año 2006, se dictó la ley que recoge todos los fallos que ANSES tenía en contra y que indicaban la manera en que se tenían que aplicar esos índices para actualizar los haberes. A partir de allí ANSES hace una propuesta a todos los que les corresponde el beneficio para que puedan percibir esa reparación histórica”.

¿A quiénes les corresponde ese beneficio?

Seguesio: Comprende a aquellos que se jubilaron con aportes genuinos durante 30 años. El beneficio no comprende a los autónomos, a los policías, docentes, es decir, regímenes específicos ni tampoco a los que tienen pensiones no contributivas.

¿Los adultos mayores, jubilados o pensionados deben contar con un abogado si o si para realizar el trámite?

Montironi: Si. En aquellos casos donde puede participar la Defensoría del Pueblo,  hacemos el asesoramiento y el patrocinio gratuito. Son aquellos casos que se denominan  de “reparación abreviada” donde el reajuste que reciben los beneficiarios en su haber en forma automática todavía no ha sido aceptado;  nosotras los asistimos en la aceptación y firma de ese convenio. En los casos donde el beneficiario tiene un juicio iniciado o ya tiene una sentencia, desde la Defensoría no podemos intervenir porque ya hay un abogado patrocinante.

¿Cómo se accede a la Reparación Histórica?

Seguesio: Primero se debe tramitar la calve de seguridad social que se realiza en forma personal en la ANSES. Luego, desde la aceptación del acuerdo hasta la firma del mismo, el trámite es electrónico. Más tarde todo se deriva al Poder Judicial de Nación, por eso es necesario un abogado porque ese acuerdo se homologa.

Si los beneficiarios que ya vienen percibiendo la Reparación en  sus haberes aún no han firmado el acuerdo, tienen  tiempo hasta el 31 de agosto, Si no lo hacen antes de esa fecha, van a dejar de percibirlo. No quiere decir que no lo puedan firmar después pero hasta tanto se vuelva a accionar el sistema para que le vuelvan a pagar lo van a dejar de percibir. Nosotros los asistimos en la firma de ese acuerdo por eso es impotente que se acepten para evaluar, además, cada caso en particular”.

La asistencia profesional y representación letrada gratuita, que se ofrece desde la Defensoría del Pueblo, a los jubilados y pensionados que no hubieran iniciado juicio por reajuste de haberes, se realiza en el marco del Convenio entre la Asociación de Defensorías del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) y ANSES.