Actualizado a Julio de 2025
Información sobre radares en la Provincia de Río Negro
En julio de 2024, la Legislatura de Río Negro sancionó la Ley N° 5.726, que dispone que todos los dispositivos deben estar expresamente autorizados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) para poder operar.
El su artículo 4 la ley indica
“Se declara, a partir de la vigencia de la presente ley, la nulidad de todas
las actas de infracción labradas, y las que habiendo sido labradas con
anterioridad aún no hayan sido abonadas por los presuntos infractores, a
excepción de aquellas labradas a camiones de carga de arena silícea
con fines de actividad industrial, debiendo el Juzgado de Faltas
competente ordenar de oficio su archivo”.
En cumplimiento de esta normativa, la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) notificó formalmente a todos los municipios rionegrinos sobre la caducidad de las multas de tránsito emitidas con anterioridad a las autorizaciones provinciales.
En función de la habilitación que tienen los radares en la Provincia de Río Negro, debemos considerar tres tipos de situaciones que se reflejan en cada uno de los tres botones que a continuación te proponemos y donde encontrarás las notas modelos para descargar en cada caso.
- El Bolsón
- S.C. de Bariloche
- C. Cordero
- Dina Huapi
- Gral. Conesa
- Darwin
- Cipolletti
- Lamarque
- Sargento Vidal
- Río Colorado
- Sierra Grande
- Villa Regina
- Campo Grande
- Coronel Belisle