Base Legal
La base legal de nuestra Defensoría del Pueblo se fundamenta en el Capítulo VII – Órganos de Control Externo – Artículos 167, 168 y 169 de la Constitución Provincial, sancionada y promulgada el 3 de junio de 1988 por la Convención Constituyente.
La Legislatura Provincial sancionó la Ley reglamentaria de esta Institución el 22 de diciembre de 1993, promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial el 21 de febrero de 1994 bajo el Nº 2.756.