7 de febrero- La defensora del pueblo, Adriana Santagati, convocó a funcionarios de distintos organismos provinciales, con el objetivo de analizar las dificultades operativas de la aplicación de la Ley 4.997.
La normativa regula las condiciones de habilitación y funcionamiento, en el ámbito de la Provincia de Río Negro de los establecimientos que se dedican al engorde intensivo a corral de ganado bovino, ovino o caprino y, en su artículo 5, establece que la ventanilla única para todas las tramitaciones es el Ministerio de Producción y Agroindustria a través de la Dirección de Ganadería.
Del encuentro participaron el secretario de Ganadería, Norberto Tabaré Bassi; la secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dina Migani -acompañada por asesoras del área- y en representación del DPA, el Intendente General de Recursos Hídricos, Daniel Petri con técnicos del área.
El tema central que abordaron fue la necesidad de generar una articulación entre las diferentes áreas de gobierno (Sec. de Ganadería, DPA y SAyDS -Art. 4 Ley 4.997) con el objetivo de acortar los plazos para obtener la autorización definitiva para una explotación de estas características.
Luego del análisis de distintas estrategias se acordó un dispositivo que consistirá en el trabajo simultáneo de los organismos protectores del ambiente, quienes mantendrán contacto directo con los interesados para salvar cualquier documentación o requisito exigido por ley y remitir sus dictámenes a la Secretaría de Ganadería, que es quien expide las autorizaciones.
A lo anterior se agrega la utilización de un documento compartido online donde se irán registrando todas las novedades de los trámites y a los que tendrá acceso la Defensoría del Pueblo con el fin de monitorear el proceso.
En la oportunidad, la defensora Santagati detalló que “los objetivos son, por una parte, acortar los tiempos que insumen las idas y vueltas del expediente entre los organismos, ocurridas muchas veces debido a la falta de documentación por parte del interesado, teniendo en cuenta el carácter de ventanilla única establecido en la ley o cualquier otro requerimiento exigible y por otra parte, que todos los organismos competentes puedan tener acceso al estado del trámite en tiempo real a través de un documento único compartido, con la idea final de brindar respuesta al productor en caso de consulta”.