Las personas privadas de libertad tienen derecho a que se respete su dignidad, a estudiar, trabajar, comunicarse y recibir visitas.

LEY Orgánica del Servicio Penitenciario de Río Negro Nº5.185

http://www.saij.gob.ar/LPR1005185

Unidades Penitenciarias que comprenden:

  1. a) Establecimientos de Ejecución.
  2. b) Alcaidías.
  3. c) Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico.
  4. d) Unidades Especiales.

ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS

  • ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL N°1 VIEDMA

DOMICILIO: Acceso Aeropuerto, Camino Vecinal Frente Autódromo (Zona Rural) – (8500) Viedma

TELEFONO: (+54 2920) 432544

TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Art 176 Incs. A) y B) Ley 24660

  • ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL N°2 GRAL.ROCA

DOMICILIO: Maipú S/N – (8332) General Roca

TELEFONO: (+54 298) 4436703

CORREO ELECTRÓNICO: judicialespenal2@hotmail.com

TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Cárcel para Procesados y Condenados

  • ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL N°3 BARILOCHE

DOMICILIO: Calle Beschedt Nº 1190 – (8400) San Carlos de Bariloche

TELEFONO: (+54 294) 4424167 / 4425503

CORREO ELECTRÓNICO: ur3eepjudicial@policia.rionegro.gov.ar alcaidiabariloche@hotmail.com

TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Cárcel para Procesados

  • ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL N°5 CIPOLLETTI

DOMICILIO: Barrio 17 Hugo Rimmele S/Nº, Manzana 17, Sector 30 – (8340) Cipolletti

TELEFONO: (+54 299) 4733280

CORREO ELECTRÓNICO: eep5-adm@hotmail.com; eepcipolletti@hotmail.com.ar

TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Cárcel

  • ESTABLECIMIENTO DE ENCAUSADOS N°6 CHOELE CHOEL

DOMICILIO: Calle 25 de Mayo y Villegas – (8360) Choele Choel

TELEFONO: (+54 2946) 442581

CORREO ELECTRÓNICO: carcel-choele@hotmail.com

TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Mediana Seguridad

  • ESTABLECIMIENTO DE REGIMEN ABIERTO N°7 POMONA

DOMICILIO: Chacra (Ex-Emeta) Sección Chacras Nº009, Parcela 1-C-45 – (8364) Pomona

TELEFONO: (+54 2920) 480796

CORREO ELECTRÓNICO: erapomona@hotmail.com

TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Condenados Régimen Abierto

¿Cuál es el objetivo de la pena de privación de la libertad?

  • Respetar y comprender la ley.
  • Entender la gravedad del delito que se cometió.
  • Comprender la sanción que impuso la Justicia.

El objetivo principal es que el condenado vuelva a reintegrarse a la sociedad.

¿Qué derechos tienen las personas que están en la cárcel?

  • A la vida.
  • A la dignidad.
  • A la integridad personal, física, psíquica y moral.
  • A la igualdad de trato.
  • A peticionar ante las autoridades.
  • A la libertad de expresión, de conciencia y de religión.
  • A la defensa.
  • A no ser discriminadas.
  • A la salud.
  • Al trabajo.
  • A la educación y recreación.

¿Cómo es la comunicación con el medio exterior de las personas privadas de la libertad?

En ningún caso los reglamentos pueden impedir que el interno se comunique periódicamente con su familia, amigos, conocidos, curadores, abogados o representantes de organismos oficiales o instituciones privadas interesadas por su reinserción social. Siempre se debe respetar la privacidad de las comunicaciones.

¿Las personas privadas de libertad pueden usar teléfonos celulares?

No. Si lo usaran cometerían una falta grave.

¿Quiénes pueden visitar a una persona que está en la cárcel?

  • Su cónyuge o la persona con la que conviva.
  • Sus familiares.
  • Sus amistades.
  • Los profesionales que se encargan de su defensa.
  • Sus médicos particulares.

¿Están permitidas las visitas íntimas?

Sí. La persona privada de su libertad tiene derecho a mantener contacto con su pareja en condiciones de privacidad e intimidad que permitan las relaciones sexuales. Todas las personas tienen derecho a acceder a las visitas íntimas, cualquiera sea su identidad de género o elección sexual.

¿Las personas que están en la cárcel pueden ser privadas de recibir visitas?

Sí. De acuerdo con el Reglamento de Disciplina del Servicio Penitenciario, se puede sancionar a la persona detenida con la suspensión de la visita regular. La suspensión no puede ser por más de 15 días.

¿Pueden salir del establecimiento penitenciario cuando muere un familiar u otra persona con derecho a visita?

Sí. También puede salir si esa persona está gravemente enferma o sufre un accidente grave. Este derecho sólo puede ser limitado cuando haya serios motivos para impedir que la persona salga del establecimiento. En algunos casos, también se puede ordenar que la persona vaya acompañada por 2 empleados del Servicio de Custodia del Servicio Penitenciario.

¿Se puede estudiar estando privado de libertad?

Sí. Una persona privada de libertad puede acceder a todos los niveles de educación, también al universitario. La educación es obligatoria para las personas analfabetas o que no alcanzaron el nivel escolar mínimo. El estudio permite pasar de fase en la progresividad del sistema penitenciario en menos tiempo.

Instituto de Asistencia a Presos y Liberados -IAPL-

En Río Negro funciona el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados cuya finalidad es la de  reducir la criminalidad y la reincidencia por la rehabilitación moral,   asistencia material y readaptación de los presos y liberados: y   por la asistencia moral y material de sus familiares y la creación de fuentes autogestivas y alternativas de trabajo.

LEY Nº2343 de Creación del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de la Provincia de Río Negro: https://web.legisrn.gov.ar/legislativa/legislacion/documento?id=2344

Teléfonos de contacto

IAPL Cipolletti 92996249952

IAPL SAO 920285036

IAPL Viedma 2984639507

IAPL Gral. Roca 2984882626

IAPL Bariloche 2920263230

IAPL Choele Choel 2984505007