LUZ, AGUA Y GAS
El acceso a la energía eléctrica, el gas natural y el agua potable es condición necesaria para el ejercicio de los derechos a la salud, a la recreación, al esparcimiento y, especialmente, a la vida digna.
La luz, el gas y el agua son servicios públicos esenciales y, además de atender a necesidades colectivas fundadas en el interés público de la comunidad, su acceso debe ser garantizado a los/as usuarios/as bajo el sostén de los principios de universalidad, interdependencia e indivisibilidad, progresividad y no regresividad, es decir, en beneficio de todas las personas, sin alteraciones, interrupciones injustificadas, ni situaciones de injusticia o inequidad.
Si las empresas prestadoras de estos servicios públicos esenciales no cumplen con su obligación de garantizar un servicio de calidad, el Estado debe velar por el acceso a los mismos.
Desde la Defensoría del Pueblo intervenimos ante
- cortes del servicio
- intermitencias en el suministro
- deficiencias en la prestación
- dudas sobre la facturación
AUDIENCIAS PÚBLICAS
Además, la Defensoría participa en las audiencias públicas que se realizan por revisiones tarifarias ordinarias o extraordinarias. En cada una de estas oportunidades el Organismo brinda su postura, posterior a un minucioso análisis, respecto a la solicitud de las empresas referida a aumentos en las tarifas de los servicios.