Beneplácito por fallo del STJ contra Sura y Banco Patagonia

30 de octubre de 2020- La Defensora del Pueblo de Río Negro, Adriana Santagati, manifestó su beneplácito por la reciente sentencia -Nº 46- del Superior Tribunal de Justicia, a través de la cual el máximo tribunal rionegrino rechazó los recursos de casación interpuestos por la empresa SURA y el Banco Patagonia y los condenó  a abonar las multas impuestas por Defensa del Consumidor.

Cabe recordar que la Defensoría del Pueblo fue el organismo que dio origen a ese proceso administrativo, al momento de recibir una serie de reclamos de ciudadanos que indicaban haber detectado descuentos, de forma inconsulta y sin el consentimiento, en sus cuentas en el Banco Patagonia S.A., en concepto de la firma denominada “SURA /RSA Seguros”.

Ante ello, la Defensoría del Pueblo, remitió las denuncias al área de Defensa del Consumidor dependiente de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, quien luego de analizar la información recibida, procedió a aplicar multas a la Aseguradora y al Banco, y ordenó que en el plazo de 48 horas hábiles se reintegren los importes debitados a esos denunciantes, absteniéndose de continuar utilizando esa forma de contratación.

Contra dichas resoluciones sancionatorias, Sura y el Banco Patagonia recurrieron a la justicia y en sentencia del 6 de septiembre de 2019, la Cámara Civil de Viedma confirmó lo resuelto por el organismo de Defensa del Consumidor.

Sin embargo, las empresas rechazaron ese pronunciamiento y ambos plantearon recursos de casación que el Superior Tribunal de Justicia rechazó en el reciente fallo, confirmando de esta manera la potestad sancionatoria y la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.

“Desde  agosto del año 2017 venimos trabajando intensamente en pos de frenar el avasallamiento de los derechos de  usuarios y consumidores. El fallo de STJ resulta ejemplar y motivador para continuar la gestión dentro de la línea de trabajo que llevamos adelante”, expresó la defensora Santagati. Resaltó, por otra parte, que “es muy importante que la ciudadanía esté informada respecto a los derechos que tienen los consumidores y la obligación de los proveedores a suministrar en forma cierta, clara y detallada la información acerca de las características de los bienes y servicios que provee y a las condiciones en que los comercializa”.