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Personas privadas de la libertad

Las personas privadas de libertad tienen derecho a que se respete su dignidad, a estudiar, trabajar, comunicarse y recibir visitas.

LEY Orgánica del Servicio Penitenciario de Río Negro Nº5.185

Las Unidades Penitenciarias comprenden:

  1. Establecimientos de Ejecución.
  2. Alcaidías.
  3. Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico.
  4. Unidades Especiales.

¿Cuál es el objetivo de la pena de privación de la libertad?
  • Respetar y comprender la ley.
  • Entender la gravedad del delito que se cometió.
  • Comprender la sanción que impuso la Justicia.

El objetivo principal es que el condenado vuelva a reintegrarse a la sociedad.

  • A la vida.
  • A la dignidad.
  • A la integridad personal, física, psíquica y moral.
  • A la igualdad de trato.
  • A peticionar ante las autoridades.
  • A la libertad de expresión, de conciencia y de religión.
  • A la defensa.
  • A no ser discriminadas.
  • A la salud.
  • Al trabajo.
  • A la educación y recreación.

En ningún caso los reglamentos pueden impedir que el interno se comunique periódicamente con su familia, amigos, conocidos, curadores, abogados o representantes de organismos oficiales o instituciones privadas interesadas por su reinserción social. Siempre se debe respetar la privacidad de las comunicaciones.

No. Si lo usaran cometerían una falta grave.

  • Su cónyuge o la persona con la que conviva.
  • Sus familiares.
  • Sus amistades.
  • Los profesionales que se encargan de su defensa.
  • Sus médicos particulares.

Sí. La persona privada de su libertad tiene derecho a mantener contacto con su pareja en condiciones de privacidad e intimidad que permitan las relaciones sexuales. Todas las personas tienen derecho a acceder a las visitas íntimas, cualquiera sea su identidad de género o elección sexual.

Sí. De acuerdo con el Reglamento de Disciplina del Servicio Penitenciario, se puede sancionar a la persona detenida con la suspensión de la visita regular. La suspensión no puede ser por más de 15 días.

Sí. También puede salir si esa persona está gravemente enferma o sufre un accidente grave. Este derecho sólo puede ser limitado cuando haya serios motivos para impedir que la persona salga del establecimiento. En algunos casos, también se puede ordenar que la persona vaya acompañada por 2 empleados del Servicio de Custodia del Servicio Penitenciario.

Sí. Una persona privada de libertad puede acceder a todos los niveles de educación, también al universitario. La educación es obligatoria para las personas analfabetas o que no alcanzaron el nivel escolar mínimo. El estudio permite pasar de fase en la progresividad del sistema penitenciario en menos tiempo.

Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL)

En Río Negro funciona el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados cuya finalidad es la de  reducir la criminalidad y la reincidencia por la rehabilitación moral,   asistencia material y readaptación de los presos y liberados: y   por la asistencia moral y material de sus familiares y la creación de fuentes autogestivas y alternativas de trabajo.

LEY Nº2343 de Creación del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL) de la Provincia de Río Negro

Teléfonos de contacto

IAPL Cipolletti  92996249952

IAPL SAO 920285036

IAPL Viedma  2984639507

IAPL Gral. Roca  2984882626

IAPL Bariloche  2920263230

IAPL Choele Choel  2984505007