Tus derechos, nuestra misión

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Niñez, adolescencia y familia

La Convención Internacional de los Derechos del Niño expresa que se debe reconocer a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos de sus derechos, que deben ser informados, consultados y escuchados. Debemos respetar su intimidad y privacidad y el Estado debe ejecutar políticas públicas para promover la contención en el grupo familiar y la protección ante cualquier tipo de violencia.

En el año 2005 se sancionó la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que puso fin al viejo patronato de menores y estableció la nueva institucionalidad basada en los principios de la Convención.

La Provincia de Río Negro hizo lo propio sancionando en junio del 2006 la Ley Nº 4.109.

Dentro del Gobierno de Río Negro es la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia –SENAF- quien centraliza la planificación y ejecución de políticas públicas tendientes a garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia

Belgrano 866 – Viedma

(0290) 425211 int. 17

secretariadeninezyadolescencia@gmail.com

https://www.facebook.com/senafrionegro

Derechos

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Sistema de Acogimiento Familiar

En enero de 2021 Río Negro promulgó la ley de creación del

Sistema Provincial de Acogimiento Familiar «Familias Rionegrinas Solidarias» y el Registro Provincial de Familias de Acogimiento.

La norma promueve que niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de vulnerabilidad o riesgo social, sean recibidos por familias de manera temporal, garantizando su derecho a vivir en un entorno familiar. Este ámbito brinda a las infancias y adolescencias amor, comprensión, escucha y acompañamiento, protegiéndolos ante la violencia, agresión o maltrato, y asegurando un crecimiento saludable para alcanzar una vida adulta en plenitud.

Leé el texto completo de la ley en:

En julio de 2018 el Congreso de la Nación creó por ley el Régimen de Reparación Económica para las niñas, niños y adolescentes (menores de 21 años) que se encuentren en las siguientes situaciones:

  • que su progenitor y/o progenitor afín haya sido procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de la madre del niño, niña o adolescente.
  • que la acción penal seguida contra su progenitor y/o progenitor afín, se haya declarado extinguida por muerte.
  • que cualquiera de sus progenitores y/o progenitores afines haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género.

Tenés derecho  a…